Custodia Compartida de recién nacido: el Tribunal Supremo no admite diferirla a un momento posterior de la vida del menor.

Custodia Compartida de recién nacido: el Tribunal Supremo no admite diferirla a un momento posterior de la vida del menor.

El Tribunal Supremo dictó sentencia en Julio pasado por la cual, en un procedimiento en el que el padre solicitaba medidas paterno-filiales respecto a su hija de dos meses de edad y quería que se concediera la guarda y custodia a la madre provisionalmente y que, cuando la menor cumpliera dos años de edad la custodia pasase a ser compartida, denegando esta posibilidad que la Audiencia Provincial correspondiente también había rechazado, así como el Juzgado de Primera Instancia. La razón de la denegación es que el Tribunal Supremo no considera que el interés del menor esté protegido si se establece una guarda y custodia compartida para una situación (la que se producirá dentro de dos años) que, en este momento, es desconocida. Los jueces han de resolver sobre las circunstancias actuales y no hacerlo desconociendo cuales van a ser éstas. Por lo que, el cambio de custodia habrá que solicitarlo llegado el momento de su aplicación y nunca con antelación.