¿Son convenientes los acuerdos prematrimoniales? ¿Quién debe otorgar capitulaciones matrimoniales antes del matrimonio? ¿Qué es mejor, el régimen de gananciales o el de separación de bienes?

Desde luego es muy conveniente que las parejas, antes de contraer matrimonio, de formalizar una pareja de hecho o, incluso, antes de tener un hijo común, lleguen a acuerdos respecto de sus relaciones económicas. Esto es importante, sobre todo cuando ambos o uno de los dos cuentan con algún patrimonio: bienes inmuebles, inversiones, etc. Facilitará el reparto de los bienes comunes o, en su caso, la liquidación de la sociedad de gananciales, si más adelante la pareja o el matrimonio se rompe.

En cuanto al régimen económico a elegir, hay que tener en cuenta que si uno de los dos se va a dedicar al cuidado de la familia y el hogar, mientras que el otro va a centrarse prioritariamente en su carrera profesional, es lógico suponer que este último obtendrá unas ganancias económicas, además de una experiencia profesional, que el otro no va a obtener y desde ese punto de vista, conviene elegir el régimen económico más adecuado, de forma que se pueda garantizar el futuro económico de aquel de los miembros de la pareja que dedique su vida al cuidado de la familia, porque si no, se corre el riesgo de que, llegado el momento de la ruptura, si ésta se produjera, el que se ha dedicado al cuidado de la familia quede totalmente desamparado y se encuentre con que mientras el otro miembro de la pareja conserva un patrimonio importante y tiene una profesión que le garantiza un futuro económicamente seguro: con pensión de jubilación, EPSV, etc., el otro puede verse en paro, sin ingreso alguno y tener, incluso, que recurrir a las ayudas sociales. Es cierto que siempre se podrá acudir, para los matrimonio en separación de bienes, a la indemnización prevista en el artículo 1438 del Código Civil, pero lo cierto es que estas indemnizaciones son de escasa cuantía a la hora de compensar toda una vida dedicada a la familia y para obtenerlas, normalmente, requieren procedimientos largos, costosos y difíciles de ganar. Por ello, salvo que las circunstancias del caso concreto lo desaconsejen, en estas situaciones será mejor optar por el régimen de gananciales.